María José López Ortiz, Secretaria de Prensa de Agmer, en diálogo con Radio La Voz manifestó la existencia de un decreto que establece el marco de funcionamiento de las instituciones, esa normativa contemplaría la suspensión de actividades por acontecimientos especiales, las altas temperaturas podrían encuadrarse en la normativa. Además confirmó que no hay directiva oficial de suspensión pero advirtió que cada directivo está facultado para evaluar y resolver. La prioridad debe ser el bienestar e integridad de alumnos y docentes.
Desde el Concejo General de Educación, no se notificó de ninguna autorización para la suspensión de actividades como medidas preventivas por las altas temperaturas que azotan la zona. La consulta tiene que ver con las medidas adoptadas por algunas instituciones escolares. Ante esto la integrante de AGMER aclaró que “está vigente el decreto 4950, que establece cierto marco de funcionamiento de las instituciones”. En ese marco, en el capítulo 3 de esa normativa, establece la suspensión de actividades en situaciones extremas, como pueden ser problemas de infraestructura, falta de agua, condiciones climáticas, todo lo que pueda poner en riesgo la integridad tanto del alumno como del docente”.
En esos casos los directivos del establecimiento evalúan la situación e informan a sus superiores que se pone en práctica el protocolo de esa normativa vigente.
Algunas escuelas ya adoptaron esa opción, donde evalúan las condiciones refociláis, la falta de ventilación, agua o toda situación que ponga en riesgo la integridad de la comunidad educativa. “Cada establecimiento puede hacerlo, no es necesario una autorización del Consejo General , están habilitados mediante la normativa vigente 4950” remarcó López Ortiz y sostuvo que es una reducción de actividades, con el aval de la supervisora zonal quien es notificada por las autoridades del establecimiento. El calendario dispone que el directivo dispone de esas facultades con la responsabilidad de evaluar la situación.