El juez Federal de Concepción del Uruguay dictó el procesamiento del comandante general retirado de Gendarmería Nacional Roberto Caserotto y de otro militar por hechos ocurridos en Entre Ríos.
El juez Federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, dictó los procesamientos del comandante general retirado de Gendarmería Nacional Roberto Caserotto y del comandante mayor Néstor Alfredo Gómez Del Junco por privación ilegal de libertad agravada, privación ilegal de libertad, imposición de tortura y privación ilegal de libertad personal. La causa tiene a Josefina Minatta como fiscal.
Caserotto nació en Gualeguaychú el 23 de julio de 1953 y el procesamiento es sin prisión preventiva.
Caserotto fue incorporado formalmente al proceso el día 9 del mes de febrero de 2021, mediante su declaración indagatoria, oportunidad en la cual se le hicieron conocer los hechos por los cuales había sido convocado y que surgen de las denuncias efectuadas por C. Stur y demás declaraciones testimoniales brindadas por siete víctimas.
Ambos ex gendarmes están acusados de que el 12 de mayo de 1977, cuando se encontraban en un cumpleaños en la casa de MR ubicada en
Concepción del Uruguay, fueron detenidos por Gendarmería Nacional, y permanecieron en esa condición hasta el 26 de mayo de 1977. Los testigos identificaron en la detención a Roberto Caserotto (oficial) y Gómez del Junco (oficial), quienes irrumpieron violentamente en la vivienda, apartaron a CJS, RM y a JBE, los pusieron en una camioneta, los golpearon en el viaje, hicieron formar a los gendarmes en doble fila y los golpeaban con la culata de los fal. Los metieron en un calabozo, a uno de ellos le hicieron sacar la ropa, le echaron agua de heladera y lo golpearon con el puño durante 30 minutos.
También manifestaron los testigos que luego de unos días los llevaron a la cárcel; y en ese lugar el jefe de Guardia le dijo al gendarme que comandaba el operativo, que no los iba a recibir porque no tenían médico. Que por eso volvieron a Gendarmería. Que ese día a la noche los volvieron a llevar a la cárcel y a partir de ahí si quedaron detenidos.
La investigación de estos sucesos, integran las conductas consideradas delitos de lesa humanidad, lo cual necesariamente impone incorporar en el análisis jurídico las Convenciones, Pactos y todas aquellas reglas que la comunidad internacional ha elaborado a efectos de proteger los derechos humanos.
Los mismo son crímenes contra el derecho de gentes, violatorios de aquellas normas que la comunidad internacional coloca en el nivel más alto de jerarquía normativa.
Fue de esta manera que se llega a decretar el procesamiento, sin prisión preventiva de Roberto Oscar Caserotto, por considerarlo coautor responsable de los delitos de: allanamiento ilegal de vivienda 151 CPPN; privación ilegítima de la libertad agravado por el uso de y torturas. Fue sobreseído en uno de los hechos de tortura.
Por su parte se decretó el procesamiento, sin prisión preventiva de Néstor Alfredo Gómez Del Junco, por considerarlo coautor responsable de los delitos de: allanamiento ilegal de vivienda 151 CPPN; privación ilegítima de la libertad agravado por el uso de violencia y torturas y Asociación ilícita, por los hechos ocurridos en mayo de 1977.